Nueva normativa de la UE para aquellos alimentos que incorporen aceite de oliva
La Unión Europea se ha mostrado estricta en ese sentido y ha dictaminado que cualquier producto alimenticio que incorpore aceite de oliva deberá de reflejarse en el etiquetado con un porcentaje.
El Reglamento 29/2012 establece:
Es necesario evitar que los productos alimenticios que contienen aceite de oliva engañen al consumidor poniendo de relieve la reputación del aceite de oliva sin señalar la composición real del producto. Por consiguiente en las etiquetas debe de aparecer claramente una indicación del porcentaje y de determinadas indicaciones en el caso de los productos constituidos exclusivamente por una mezcla de aceites vegetales.
Cada vez son más los alimentos que lo usan en su composición: repostería, conservas, preparados infantiles, lácteos e incluso snacks. Con la aprobación de esta norma se evita engañar a los compradores, sobre todo en el etiquetado ya que pueden reflejar características que luego tienen una mínima presencia en el producto.
Además cuando se trate de aceites de oliva virgen extra o virgen deberá de figurar obligatoriamente en el etiquetado una designación de origen.
La designación del origen contemplado consistirá únicamente:
- En el caso de los aceites de oliva originarios de un Estado miembro o de un tercer país, en una referencia al Estado miembro, a la Unión o al tercer país, según proceda, o
- En el caso de las mezclas de aceites de oliva originarios de más de un Estado miembro o tercer país, en una de las menciones siguientes, según proceda:
- «Mezcla de aceites de oliva originarios de la Unión Europea» o una referencia a la Unión,
- «Mezcla de aceites de oliva no originarios de la Unión Europea» o una referencia al origen fuera de la Unión,
- «Mezcla de aceites de oliva originarios de la Unión Europea y no originarios de la Unión», o una referencia al origen dentro de la Unión y al origen fuera de la Unión, o
Asimismo:
Sólo podrá mencionarse la presencia de aceite de oliva en el etiquetado de las mezclas, mediante imágenes o representaciones gráficas, en el caso de que su porcentaje sea superior al 50%.
De esta manera se limita la utilización del mismo, se protege un poco más a los consumidores y se controlan más a las empresas que lo utilizan en los alimentos que consumimos diariamente.
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Yo creo que el Reglamento 29/2012 ya presentaba más que lagunas, mares.
En un primer momento parece que se pretende defender al aceite de oliva tratándolo como un producto único y poniendo de relieve su reputación, se trata de salvaguardarlo del engaño de esos productos alimenticios que dicen que contienen lo que no tienen. No durará mucho la ilusión.
Pronto queda claro que lo de "aceite de oliva" engloba a todo tipo de "aceites de oliva", incluyendo los de todo tipo de características y procedencias, permitiendo sus mezclas entre ellos a condición de que se indique una o varias de esas procedencias, cosa que no siempre es posible y mucho menos real
"cuando se trate de aceites de oliva virgen extra o virgen deberá de figurar obligatoriamente en el etiquetado una designación de origen". ¿Se consideran los lampantes como "vírgenes lampantes"?, como la respuesta va a ser no, ya tenemos claro que un lampante (provenga de donde provenga) será refinado, mezclado, embotellado y etiquetado como aceite de oliva del país que ha efectuado el "enjuague". Volvemos a estar desprotegidos.
Parece que está prohibido mezclar distintos aceites vegetales entre ellos pero no un tipo de aceite vegetal de distintas características, no obstante, como en el caso de la procedencia geográfica, debería indicarse en la etiqueta. ¡Pues no!, en el caso del aceite de oliva (ese que conocemos como suave o intenso) nunca se indica, solo veremos el "contiene", contiene aceite de oliva virgen y aceite de oliva refinado, jamás veremos mezcla de..., tampoco veremos nunca porcentajes y en el etiquetado también figurará la imagen de una aceituna para que nadie se lleve a "engaño". ("engaño" debe ser el perrillo faldero de la interprofesional del aceite de oliva).
En definitiva, se protege más al aceite de menor calidad, lo que nos lleva a continuar con nuestra producción y venta de lampantes y graneles, a precios bajos para ser competitivos, la calidad es cosa de iluminados.
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en respuesta a Picual Ver mensaje de Picual Hola Picual, hace poco me comí unas papas (acompañadas de una cerveza bien fresquita) y miré el paquete, y solo ponía el porcentaje junto con Aceite de Oliva. No te dice nada más, ni en ingredientes ni en la descripción, nada.
El consumidor sigue igual de "protegido" en ese sentido. En este caso si que figuraba el porcentaje acompañado de una jarra de aceite y hacía mención de las propiedades que posee su consumo.
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en respuesta a Laura Dasí Ver mensaje de Laura Dasí Bienvenida.
Realmente en los porcentajes me refería a que nunca ponen de qué está compuesto el "aceite de oliva", que suele ser de un 85% de aceite refinado y un 15% de aceite virgen.
Las papas seguro que estaban buenas (en parte gracias a la cerveza) pero un 38% de aceite de oliva me parece tan exagerado como resaltar las propiedades de algo que casi no las tiene.
Tómatelo con calma, que el regreso de vacaciones hay que digerirlo.
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en respuesta a Picual Ver mensaje de Picual Gracias Picual :) Sí sí, poco a poco. La foto es que me acordé de lo del porcentaje y le hice foto, digo así la subo y se lo comento.
Entonces, ¿Todas las papas y snacks que llevan aceite de oliva es refinado y virgen? ¿Incluso las que llevan la etiqueta de Gourmet? Porque aquí se podría debatir también el uso de aceites vegetales (hidrogenados o no) y como lo gestionan.
Si provienen de aceites vegetales no dicen cual, solo mencionan el aceite de oliva pero no el tipo. Más que proteger a los consumidores veo que es una forma de dar salida a los excedentes de menos calidad.
A mi también me dio la sensación de que era un porcentaje demasiado elevado para la bolsa ¿Cómo lo deciden o lo calculan?
Poco a poco iré poniendo las cosas en marcha ;)
Saludos.