Re: Cambios en el Marco de Jerez
Ver mensaje de Josep_GallegoSólo un pequeño apunte a tu artículo, Josep.
Cuando dices en el tercer apartado “Por fin se incorporan a la Denominación de origen los vinos sin fortificar, aunque se mantiene la exigencia del mínimo de 15 grados y dos años de crianza”, no es del todo cierto; eso ya estaba permitido desde hace tiempo, pero se refiere a los finos sin fortificar, como el fino La Barajuela, de Luis Pérez, que ya en la cosecha de 2013 llevaba el sello del Consejo en su contraetiqueta. En ningún sitio se dice que sea obligatorio fortificar, pero sí que el vino alcance los 15%, y si se logran de manera natural, se admite y así se admitió desde un primer momento, siempre hablando para el caso de los finos.
Los que no están aún admitidos en la Denominación de Origen, son los Vinos de Pasto, y pongo otro ejemplo: el Sobajanera, de Bodegas Callejuela. Tiene dos años de crianza bajo velo de flor y 13%, por tanto, no podría ser fino – en este caso Manzanilla – y no se admite, porque no hay que olvidar que la D.O. Jerez-Xeres-Sherry es sólo para vinos generosos y dulces, para todo lo demás – como decía el anuncio – esta la IGP Vinos de la Tierra de Cádiz, y a lo mejor en un futuro no muy lejano otra, tipo “IGP Vinos de Pasto del Marco de Jerez”, que me acabo de inventar, o directamente sin DO, como es el caso.
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