Re: La acidificación de los vinos en Burdeos 2022; qué pensáis?
Ver mensaje de JuansanromanA mí también son temas sobre los que me parece muy divertido discutir, jaja
Depende todo de cómo lo veas. Yo distinguiría entre las restricciones de una DO, a la que cada cuál es libre de adscribirse o no, y otra es la normativa de obligatorio cumplimiento por todos.
Las DO se entiende que deben velar por la calidad, la idiosincrasia y el beneficio económico de sus miembreos, y para ello es normal que restrinjan el movimiento: variedades para mantener la singularidad, rendimientos para mantener la calidad o no disparar la producción, etc.
Para el que está fuera de las DO yo creo que habría que dar más barra libre. Porque incluso estando fuera de las DO, las variedades están limitadas según cada CCAA. Cierto es que el listado de las variedades autorizadas es siempre larguísimo, pero no deja de ser un listado cerrado.
Luego ya podríamos entrar en si ciertas DO tienen restricciones lógicas o no. Es ya famosa la polémica del CS en Rioja, donde era habitual en los cupages de algunas bodegas históricas pero en un cierto momento se prohibió.