Transporte de alimentos en coche particular a mi restaurante

10 respuestas
    #1
    Mherrero82

    Transporte de alimentos en coche particular a mi restaurante

    Hola a todos, este es mi primer mensaje y espero que podais resolver mis dudas ya que ni en el almacen donde compro habitualmente "makro" ni siquiera el gremio al que pertenezco me da una respuesta clara...

    Llevamos abiertos 1 año, no vengo del sector, es un restaurante y queremos hacer las cosas bien.. el tema esta en como transportar los alimentos frescos y congelados del super al restaurante, hasta ahora los frios y congelados los meto en bolsas isotermicas pensando que eso era sufiente, el otro dia en el super me dicen que trafico a veces realiza inspecciones a la salida del centro y multa por no llevar los alimentos en contenedores isotermicos, con lo que lo primero que hice es intentar informarme del tema, segun el super con un contenedor de su marca que cumple la haccp ya estaria cumpliendo la normativa, precio unos 80€ por contenedor, que el otro que tienen mas barato "25€" no cumple segun ellos... he investigado en la pagina del fabricante y dice que SI cumple con la normativa haccp (quien sea habitual de este establecimiento supongo que sabra de cuales hablo), hasta aqui perfecto, viene el momento de comprar el contenedor miro por internet y al llamar a una casa que los vende me dice que segun sanidad con que los alimentos lleguen en condiciones de temperatura regladas para ellos es suficiente, mientras que segun trafico el transporte ha de realizarse en contenedores homologados "ATP", estos ultimos valorados entre 500€-1000€.

    En resumen, tengo un cacao mental, segun veo yo, o compro uno de los caros ATP o no cumplo, ni con las bolsas isotermicas ni con ningun contenedor isotermico "barato". Es asi? se me escapa algo?

    Para vuestra informacion el material a transportar pasa por yogures, mantequilla, bacalao fresco, queso, embutidos, productos congelados... etc.

    Es posible que aunque la normativa diga ATP nadie lo cumpla?

     

     

    #2
    J-Carlos
    en respuesta a Mherrero82

    Re: Transporte de alimentos en coche particular a mi restaurante

    Ver mensaje de Mherrero82

    Lo veo claro, Sanidad tiene una normativa y Tráfico tiene otra. Se han de cumplir todas. Que nadie las cumpla es lo normal en este país. No pasa nada, hasta que pase...

    Si un día tienes una intoxicación en tu restaurante te mirarán hasta la fecha de caducidad de la revisión de los extintores.

    Soy flexicarnívoro y a la comida vegana la llamo guarnición

    #3
    Vvidlan
    en respuesta a Mherrero82

    Re: Transporte de alimentos en coche particular a mi restaurante

    Ver mensaje de Mherrero82

    Hola

    Lo que no llego a comprender es que tiene que ver tráfico con la conservación de alimentos.

    ¿Cómo es que hacen una norma más restrictiva que sanidad? Me parece muy raro.

    Saludos

    Vicente Vida

    #5
    Vicoci
    en respuesta a jose

    Re: Transporte de alimentos en coche particular a mi restaurante

    Ver mensaje de jose

    Haber hecha la ley hecha la trampa en el tema de trazabilidad lo que te pide es que lleves un registro de temperaturas y qud no se a roto la cadena de frio. Asi que simplemente necesitas en termometro laser a la entrada del llocal y tomar la temperatura y en el coche todo en las cajitas de corcho que a trafico con eso le vale.

    #7
    Tantra84
    en respuesta a Mherrero82

    Re: Transporte de alimentos en coche particular a mi restaurante

    Ver mensaje de Mherrero82

    El Acuerdo sobre transportes internacionales de mercancías perecederas y sobre vehículos especiales utilizados en esos transportes (ATP) sólo es de aplicación en algunos casos (productos perecederos y vehículos con ciertas especificaciones técnicas, detalladas en la Orden ITC/2590/2010). La homologación por tanto no es necesaria para el transporte de todo tipo de alimentos ni en todo tipo de vehículos.

    En tu caso, para saber qué condiciones han de tener las cajas en las que transportes los productos perecederos, me guiaría por lo que dice la Reglamentación Técnico-Sanitaria de transporte de alimentos (aprobada en el RD 2483/1986 y derogada en 2013 por armonización legislativa europea).

    Vamos, que lo que dice sanidad afecta a todos y lo que dice tráfico afecta a algunos (lo comentado en el 1º párrafo).

    Vamos, que no te hace falta gastar 500€ por contenedor, pero para que cada uno cumpla con la normativa europea de conformidad con el contacto alimentario, construcción higiénica, etc (el HACCP que te comentan) más que 25€ te va a costar.

    Saludos.

     

     

     

    #8
    Javier10

    Re: Transporte de alimentos en coche particular a mi restaurante

    Vaya tema esto de los trasportes de alimentos hay que cuidar muchos detalles para prestar un buen servicio y no tener ningún problema y más hoy en dia que lo cogen por cualquier cosa

    #9
    Tigaes
    en respuesta a Mherrero82

    Re: Transporte de alimentos en coche particular a mi restaurante

    Ver mensaje de Mherrero82

    Hola, el transporte de alimentos a temperatura controlada está regulado por el Real Decreto 237/2000 , resumiendo:

    Hay alimentos que necesitan ir en contenedores homologado ATP (es la única homologación que existe) y otros no.

    Al final del Real Decreto menciona cuales son :

    • Productos ultracongelados y congelados (crema congelada, -20 ºC; pescados, productos preparados a base de pescado, moluscos y crustáceos congelados o ultracongelados y cualquier otro producto ultracongelado, -18 ºC; cualquier producto congelado, excepto mantequilla, -12 ºC; mantequilla congelada, -10 ºC).
    • Mantequilla: 6 ºC.
    • Productos de caza: 4 ºC.
    • Leche en cisterna (cruda o pasteurizada) destinada al consumo inmediato: 4 ºC.
    • Leche industrial: 6 ºC.
    • Productos lácteos (yogur, kéfir, crema, nata y queso fresco): 4 ºC.
    • Pescado, moluscos y crustáceos (con exclusión del pesado ahumado, salado seco o vivo, los moluscos vivos y crustáceos vivos): deberán envasarse siempre en hielo fundante.
    • Productos preparados a base de carne (de los que se excluyen los que se han  estabilizado por salazón, ahumado, secado o esterilización): 6 ºC.
    • Carne (exceptuados los despojos rojos): 7 ºC.
    • Ave de corral y conejos: 4 ºC.

     

    Un inciso sobre la homologación , normativa etc, una cosa es que los contenedores tengan que cumplir unas normas (como la HACCP) y otra es que se tenga que "homologar " esas normas , es decir que una empresa acreditada te dé una documentación diciendo que ese contenedor cumple esas normas.

    Para sanidad no existen contenedores "homologados" es justamente la tarea de ellos en las inspecciones comprobar que el contenedor se ajusta a los parámetros que ellos quieren , por ejemplo los de HACCP.

    Sin embargo si que existen contenedores homologados para tráfico que es a quien se encomendó la tarea de controlar esto , suena un poco raro porque hay mucha gente que no lo cumple , pero la realidad es que si transportas un alimento de los mencionados arriba obligatoriamente tienes que llevar un contenedor ATP ,otra cosa es que no es fácil sufrir una inspección de tráfico para ver si llevas alimentos en un vehículo salvo a la salida de los mercados de mayoristas .

    Respondiendo a tu pregunta de o llevas un contenedor ATP o no cumples la respuesta es si , hay que llevar ATP.

     

     

     

     

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