¿Por qué se permite "mentir" sobre el grado alcohólico de los vinos?

41 respuestas
    #12
    F.T.

    Re: ¿Por qué se permite "mentir" sobre el grado alcohólico de los vinos?

    Creo se permite porque con el paso del tiempo y la evaporación correspondiente la graduación baja.

    #13
    David Lopez
    en respuesta a Francescf

    Re: ¿Quién da esa definición?

    Ver mensaje de Francescf

    REGLAMENTO (CE) No 479/2008 DEL CONSEJO de 29 de abril de 2008 por el que se establece la organización común del mercado vitivinícola, se modifican los Reglamentos (CE) no 1493/1999, (CE) no 1782/2003, (CE) no 1290/2005 y (CE) no 3/2008 y se derogan los
    Reglamentos (CEE) no 2392/86 y (CE) no 1493/1999.

    Vino

    Es el producto obtenido exclusivamente por fermentación alcohólica, total o parcial, de uva fresca, estrujada o no, o de mosto de uva.

    El vino debe tener:

    a) tanto si se han efectuado las operaciones señaladas en la letra B del anexo V como si no, un grado alcohólico adquirido no inferior al 8,5 % vol., cuando proceda exclusivamente de uva cosechada en las zonas vitícolas A y B a que se refiere el anexo IX, y no inferior al 9 % vol. en las restantes zonas vitícolas;

    b) no obstante el grado alcohólico adquirido mínimo aplicable en general, un grado alcohólico adquirido no inferior al 4,5 % vol., si está acogido a una denominación de origen protegida o a una indicación geográfica protegida, tanto si se han efectuado las operaciones señaladas en la letra B del anexo V como si no;

    c) un grado alcohólico total no superior al 15 % vol.; a título excepcional:

    — el límite máximo del grado alcohólico total podrá llegar al 20 % vol. para los vinos de determinadas zonas vitícolas de la Comunidad, a determinar con arreglo al procedimiento contemplado en el artículo 113, apartado 2, que se produzcan sin aumento artificial del grado alcohólico,
    — el límite máximo del grado alcohólico total podrá superar el 15 % vol. para vinos con denominación de origen protegida que se produzcan sin aumento artificial del grado alcohólico.

    d) una acidez total, expresada en ácido tartárico, no inferior a 3,5 gramos por litro o a 46,6 miliequivalentes por litro, salvo las excepciones que se puedan adoptar con arreglo al procedimiento contemplado en el artículo 113, apartado 2.

    El vino «retsina» es el producido exclusivamente en el territorio geográfico de Grecia a partir de mosto de uva tratado con resina de Pinus halepensis. La utilización de resina de Pinus halepensis solo se permite para obtener vino «retsina» en las condiciones definidas por la legislación griega en vigor.

    Como excepción a lo dispuesto en la letra b), «Tokaji eszencia» y «Tokajská esencia» se consideran vinos.

    #14
    Álvaro Girón
    en respuesta a David Lopez

    Re: ¿Por qué se permite "mentir" sobre el grado alcohólico de los vinos?

    Ver mensaje de David Lopez

    El que un vino esté "catalogado" como vino especial -con criterios por otra parte discutibles- no quiere decir, en absoluto, que no sea técnicamente posible hacer un vino con 15 o más grados sin intervención alguna de la adición de alcohol vínico u otros procedimientos. Por otra parte, no estoy hablando de "finos", sino del vino base -es decir, lo que llaman por Jerez y Montilla "mosto" y que no es otra cosa que un vino blanco y punto- Pues bien, ese vino que no es otra cosa que mosto de uva pedro ximénez fermentado con levaduras autóctonas suele alcanzar con inusitada facilidad 15 o más grados. Ahí no interviene ni adición de grado alcohólico, ni velo de flor, ni nada de nada que no sea la vinificación normal de un vino blanco. Por otro lado, y en un montón de lugares de la geografía española -piénsese, por ejemplo, en los tintos de no hace tanto de Méntrida- no era raro ver vinos cerca de los 16º sin adición alguna de alcohol vínico. Y ahora mismo, no hay más que ver algunas de las etiquetas de algún que otro vino "moderno" en que se superan los 15º. No confundamos el mundo del derecho con la enología. Por lo demás, y en el mismo Reglamento que citas está contemplado que esa posibilidad existe, si no no hablaría de las excepciones permitidas:

    "-...el límite máximo del grado alcohólico total podrá llegar al 20 % vol. para los vinos de determinadas zonas vitícolas de la Comunidad, a determinar con arreglo al procedimiento contemplado en el artículo 113, apartado 2, que se produzcan sin aumento artificial del grado alcohólico,
    — el límite máximo del grado alcohólico total podrá superar el 15 % vol. para vinos con denominación de origen protegida que se produzcan sin aumento artificial del grado alcohólico."

    Por otra parte, ese mismo Reglamento, en lo que se refiere a los vinos generosos andaluces -fortificados en Jerez y en muchos casos no fortificados en Montilla- es un auténtico churro manifiestamente perjudicial, un ejemplo más de lo nocivo de la diarrea legislativa. Así, por ejemplo, podemos citar la brillante idea de que por defecto todos esos vinos "especiales" deben contener 15º alcohólicos o más. Pues bien, lo normal en un Pedro Ximénez dulce es que el grado alcohólico baje considerablemente a lo largo de la crianza, con lo que no es extraño encontrar vinos en bodega en el umbral de los 9,5º a los 12º. Pues bien, si se embotellan como están en bodega y se etiquetan con su grado real te expones a una sanción ejemplar gracias a la brillante negociación que se hizo en su momento. Con lo cual se te obliga de facto a hacer un encabezado alcohólico previo al embotellado notoriamente perjudicial para el vino. Pero es que también pasa lo mismo con finos y manzanillas. El famoso velo de flor se alimenta, entre otras cosas, de alcohol, con lo que no es infrecuente encontrar botas por debajo de los 14'8º o 14'7º o incluso más. Pues bien, algo que sería comercialmente más que interesante -poder embotellar vinos por debajo de la barrera psicológica de los 15º- y que además responde a la realidad del vino de no pocas bodegas, a día de hoy resulta imposible.

    Y así nos encontramos con el personal trampeando para que en las etiquetas de sus vinos tintos y blancos "normales" (lo de "tranquilos" me parece francamente de cachondeo) no aparezca la graduación real de sus vinos para no superar la peligrosa barrera de los 15º, mientras que los que se dedican a criar vinos generosos tienen que colocar esa misma graduación en las etiquetas por narices aunque no sea éste la graduación de muchísimas botas de sus vinos. Un mojón de Reglamento, vamos.

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