Re: Recuperar o deber horas a compañera por ir a urgencias
Ver mensaje de LovecftVenga va....
https://www.boe.es/boe/dias/2016/03/22/pdfs/BOE-A-2016-2856.pdf
Artículo 29
H. La asistencia a consulta de médico y el acompañamiento a un menor o familiares
de primer grado a consulta de médico, con un máximo de dos veces al año y siempre que
coincida con el horario laboral. A partir de la tercera del año y si la asistencia a consulta es
programada y no hubiese posibilidad de concertarla fuera del horario de trabajo, se
concederá a cuenta de la jornada anual.
No está muerto aquello que yace eternamente. Y con el paso de los eones, hasta la muerte puede morir