Derechos de plantación de cepas

22 respuestas
    #17
    Messi
    en respuesta a Xurxotinto

    Re: Derechos de plantación de cepas

    Ver mensaje de Xurxotinto

    Se puede plantar,y mas si es para tu consumo.
    Es como el que pone unas plantas de tomate,unas cebollas o unos pimientos etc....
    Quién va a venir a decirte algo por eso?

    #19
    Tao Platón
    en respuesta a nacho74

    Re: Derechos de plantación de cepas

    Ver mensaje de nacho74

    Pues sí, el tema de derechos es lo que es... a los que vienen por detrás nos joden.
    ¿Las cifras de dónde las has sacado? No vi cifras en la normativa española y la normativa europea habla de 1ha, esas cifras no las había visto nunca.

    #21
    Tao Platón
    en respuesta a nacho74

    Re: Derechos de plantación de cepas

    Ver mensaje de nacho74

    Perdón, estaba repasando mis mensajes anteriores y es 0,1ha (eso leí y eso me dijeron tras varias llamadas telefónicas). Pero no vi legislación nacional o autonómica, sino europea.
    Eso es lo que indagué cuando abrieron este hilo, pero seguro no estoy de nada.

    #22
    Jorgeoli

    Re: Derechos de plantación de cepas

    Según me dijeron a mi cuando planté las mías puedes plantar máximo 1000m2 o 200 cepas.
    Yo puse 200 cepas y me curé en salud

    El problema lo tengo ahora que quiero poner 1000 cepas más y me dicen que como la parcela donde las quiero plantar es anexa a una parcela donde tengo un viñedo legalizado como de autoconsumo me obligarían a rancar las 200cepas y claro eso ni loco, con lo que he sudado en mi pequeña viña. Ca.....nesss

    #23
    Xurxotinto
    en respuesta a Jorgeoli

    Re: Derechos de plantación de cepas

    Ver mensaje de Jorgeoli

    CUESTIONES NO REGULADAS EN EL REAL DECRETO 740/2015 Y QUE
    HAN SIDO ACLARADAS POR LA COMISIÓN
    1. Aclaración realizada por la Comisión Europea en el Comité
    celebrado el 23 de septiembre, sobre situaciones relacionadas
    con las plantaciones de viñedo para autoconsumo
    1) Un viticultor cuya explotación de viñedo tienen 0,1 has, y disfruta de la
    exención para autoconsumo, pero a partir de un momento quiere comercializar
    parte del vino que produce. ¿Qué debe hacer?
    Según lo establecido en el apartado 3 del artículo 1 del Reglamento 2015 /560
    la exención se concede para explotaciones que no excedan de 0,1 has de
    viñedo cuyos productos estén destinados exclusivamente al autoconsumo de la
    familia del viticultor. Por tanto si quiere cambiar el uso de la plantación debe
    solicitar una autorización de viñedo por 0, 1 has, aunque cumpla el límite de
    hectáreas para esta exención.
    2) Un viticultor tiene una explotación de viñedo de 0,1 has de viñedo con la
    exención para autoconsumo y quiere aumentar la superficie de viñedo y
    dedicarse a comercializar la producción. ¿Qué debe hacer?
    Si quiere comercializar la producción y aumentar la superficie de viñedo de su
    explotación no puede disfrutar de ninguna exención para autoconsumo,
    debiendo solicitar una autorización de plantación para toda la superficie de
    viñedo (las 0,1 has + la superficie que quiera plantar) aunque parte de ella la
    destine a autoconsumo. Y no tiene que arrancar las 0,1 has que tenía
    destinadas a autoconsumo porque se considerarán de nueva plantación para la
    comercialización.

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