Derechos de plantación de cepas
Re: Derechos de plantación de cepas
Ver mensaje de XurxotintoSe puede plantar,y mas si es para tu consumo.
Es como el que pone unas plantas de tomate,unas cebollas o unos pimientos etc....
Quién va a venir a decirte algo por eso?
Re: Derechos de plantación de cepas
Ver mensaje de David Lopezrecientemente en agroesfera comentaron que de momento hasta 2030 se mantendrá el tema de los derechos.
De momento sólo se pueden plantar, sin derechos, 3000 m2 o 1000 l de vino para consumo propio.
Es una pena,ya me había hecho esperanzas con esto del 2014......
Re: Derechos de plantación de cepas
Ver mensaje de nacho74Pues sí, el tema de derechos es lo que es... a los que vienen por detrás nos joden.
¿Las cifras de dónde las has sacado? No vi cifras en la normativa española y la normativa europea habla de 1ha, esas cifras no las había visto nunca.
Re: Derechos de plantación de cepas
Ver mensaje de Tao Platónson cifras de hace algunos años( 1996), no sé si seguirán vigentes.Pero las saqué del boletín oficial
la verdad es que prefiero la europea,¿estás seguro que son 10000 m2 libres de derechos?,por qué está mu bien, voy a poner más el próximo año...
De todas formas depende de cada comunidad,
Re: Derechos de plantación de cepas
Ver mensaje de nacho74Perdón, estaba repasando mis mensajes anteriores y es 0,1ha (eso leí y eso me dijeron tras varias llamadas telefónicas). Pero no vi legislación nacional o autonómica, sino europea.
Eso es lo que indagué cuando abrieron este hilo, pero seguro no estoy de nada.
Re: Derechos de plantación de cepas
Según me dijeron a mi cuando planté las mías puedes plantar máximo 1000m2 o 200 cepas.
Yo puse 200 cepas y me curé en salud
El problema lo tengo ahora que quiero poner 1000 cepas más y me dicen que como la parcela donde las quiero plantar es anexa a una parcela donde tengo un viñedo legalizado como de autoconsumo me obligarían a rancar las 200cepas y claro eso ni loco, con lo que he sudado en mi pequeña viña. Ca.....nesss
Re: Derechos de plantación de cepas
Ver mensaje de JorgeoliCUESTIONES NO REGULADAS EN EL REAL DECRETO 740/2015 Y QUE
HAN SIDO ACLARADAS POR LA COMISIÓN
1. Aclaración realizada por la Comisión Europea en el Comité
celebrado el 23 de septiembre, sobre situaciones relacionadas
con las plantaciones de viñedo para autoconsumo
1) Un viticultor cuya explotación de viñedo tienen 0,1 has, y disfruta de la
exención para autoconsumo, pero a partir de un momento quiere comercializar
parte del vino que produce. ¿Qué debe hacer?
Según lo establecido en el apartado 3 del artículo 1 del Reglamento 2015 /560
la exención se concede para explotaciones que no excedan de 0,1 has de
viñedo cuyos productos estén destinados exclusivamente al autoconsumo de la
familia del viticultor. Por tanto si quiere cambiar el uso de la plantación debe
solicitar una autorización de viñedo por 0, 1 has, aunque cumpla el límite de
hectáreas para esta exención.
2) Un viticultor tiene una explotación de viñedo de 0,1 has de viñedo con la
exención para autoconsumo y quiere aumentar la superficie de viñedo y
dedicarse a comercializar la producción. ¿Qué debe hacer?
Si quiere comercializar la producción y aumentar la superficie de viñedo de su
explotación no puede disfrutar de ninguna exención para autoconsumo,
debiendo solicitar una autorización de plantación para toda la superficie de
viñedo (las 0,1 has + la superficie que quiera plantar) aunque parte de ella la
destine a autoconsumo. Y no tiene que arrancar las 0,1 has que tenía
destinadas a autoconsumo porque se considerarán de nueva plantación para la
comercialización.