Es correcta esta información ? Se ha comentado en el foro anteriormente ?

10 respuestas
    #1
    manuel_matilla

    Es correcta esta información ? Se ha comentado en el foro anteriormente ?

    Ha raiz de un comentario de otro forero , he leído el diario de Generalitat de Catalunaya el Real decreto 317/1994 Art. 15 punto 3 , en referencia que no se nos pueden cobrar reserva, cubiertos, mesa o similares.
    Que hemos de hacer ? Claudicar y callar o formular una reclamación ? Llevarnos los cubiertos para casa?
    Ya sabeis que hay locales que lo pagas agusto, pero otros me escandiliza el importe , más que nada por no dan ese servicio con la calidad cobrada.
    Estoy harto de pagar lo que no es justo.
    Que hem de fer ??

    http://sid.usal.es/idocs/F3/LYN10507/3-10507.pdf
    Real Decreto de la Generalitat de Catalunya 317/1994

    #2
    Torpelinux
    en respuesta a manuel_matilla

    Re: Es correcta esta información ? Se ha comentado en el foro anteriormente ?

    Ver mensaje de manuel_matilla

    Al final entre la rentabilidad, los costes variables, los gastos generales y fijos, , la mano de obra y cotizaciones, la ley antitabaco, y el precio del cubierto mejor será echar el cierre, y que el president de la Generalitat se lo guise él, asi que ya sabes, cuando vengan los politicos y autoridades les pones cubiertos de plástico para no cobrarselos, a ver si asi les parece bien. Salutacions desde Alacant, noi.

    #4
    Jeronimo
    en respuesta a Torpelinux

    Re: Es correcta esta información ? Se ha comentado en el foro anteriormente ?

    Ver mensaje de Torpelinux

    Como todo, hecha la ley hecha la trampa, cobrar el servicio aumentando un poco el precio de los platos, la verdad es que fastidia que se te presente el camarero con un platito de algo que no has pedido y que te lo cobre.
    El cliente no suele mirar si el plato cuesta 15 ó 16 euros, pero le fastidia que le cobren algo que no ha pedido. No sé si me explico.

    #6
    Lapitanzavalencia
    en respuesta a manuel_matilla

    Re: Es correcta esta información ? Se ha comentado en el foro anteriormente ?

    Ver mensaje de manuel_matilla

    No sé si la ley ha salido ya pero sea ley o no de justa no tiene nada. Por lógica cuando alguien se sienta en un restaurante pida lo que pida se genera un coste implícito pues el camarero les acompaña a la mesa, les da las cartas igual, los manteles se ensucian y hay que cambiarlos así como los cubiertos y las copas. El cliente ocupa un espacio que podría ser ocupado por otro por lo que se genera otro coste de oportunidad.

    Si se incrementa cada plato proporcionalmente es injusto para aquéllos que piden muchos platos y van a comer copiosamente, encima de comer bien además les cobramos de más... Hago una reflexión al respecto porque no intentamos cobrar algo injusto. Se especifica en la carta para que el cliente esté informado y en principio no debería generar más problemas.

    Caso aparte es el tema del pan que comenta Jerónimo.

    #7
    Dani C.
    en respuesta a Francescf

    Pero es que yo alucino...

    Ver mensaje de Francescf

    Yo no sé por qué no pedís el libro de reclamaciones...

    En mi opinión el orden lógico es llevar esta ilegalidad a la oficina del consumidor y luego acudir a las webs, medios de comunicación, etc.

    Tampoco creo que Verema sea el tablón de denuncias más conveniente.

    Insisto en que así no hacemos nada y siempre habrá gente operando en la ilegalidad.

    Saludos
    Dani

    #8
    Francescf
    en respuesta a Dani C.

    A saber lo que te tomarás... ;-)

    Ver mensaje de Dani C.

    Por partes:

    - En Valencia, al igual que en Catalunya, no existe el "libro de reclamaciones": http://www.ayto-valencia.es/ayuntamiento/Infociudad_accesible.nsf/DocumentosAuxWeb/b85e2598b09ad125c12572c200240084?OpenDocument&bdOrigen=ayuntamiento%2Fatencion_ciudadano.nsf&idapoyo=&lang=1&Click=

    - Reclamar cuesta tiempo y dinero, que no te son devueltos. La última vez me pasé 4 meses para una reclamación referente a la reparación de mi TV. Al final le dieron la razón a la empresa gracias a que no me explicó cómo se rellenaba la orden de trabajo que me dieron. Me supuso más de 100 euros en viajes y documentación aportada para una reclamación de algo más de 200 euros. Internet es mucho más asequible y rápido: http://derechoalpataleo.wordpress.com/ página argentina para quien desee desahogarse.

    - La reclamación no tiene difusión ninguna. Se queda entre el denunciante y el denunciado. Si lo cuelgas en internet puede verlo cualquiera que tenga acceso a internet, incluido el "denunciado". Eso sí, se producen excesos. No es mi caso. En la factura se podía leer perfectamente que habían cobrado un concepto ilegal. Sin lugar a dudas. En caso contrario, que el "denunciado" vaya a los tribunales. Como reza la maldición castellana: "Juicios tengas y los ganes".

    Menjar per pensar, pensar per menjar.

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