Beber vino moderadamente en las comidas sin temor a conducir

34 respuestas
    #33
    Iñaki Blasco
    en respuesta a JesusBSanz

    Por supuesto ...

    Ver mensaje de JesusBSanz

    ... por supuesto. Que tranquilice no significa poder relajarse con el tema. Queda claro.

    MaJesus, vuestro aclaramiento plasmático y el volumen de distribución del etanol es inferior en las mujeres. Se siente... ;-)

    #34
    Bosco
    en respuesta a JesusBSanz

    Re: En cualquier caso ...

    Ver mensaje de JesusBSanz

    Hay que ser prudente pues resulta evidente que el responsable muchas veces de accidentes y demás no es el alcohol sino quien se sienta delante del volante. A proposito dice algo Jesus de gran interés que la tasa está en función, los efectos me refiero, de la constitución fisica de el/ella.

    A tiulo de curiosidad y al respecto se puede decir que cada organismo asimila de una manera diferente la bebida. La tasa de alcoholemia refleja los gramos de alcohol puro por cada uno de sangre. Esta relación se puede calcular aplicando una operación matematica bastante sencilla.
    En primer lugar, hay que calcular los gramos de alcohol puro ingeridos. Para hacerlo se pultiplica la graduación de la bebida, esto lo sabeis por la etiqueta por ejemplo, es decir la cantidad de alcohol en milimetros por litro de bebida, y multiplicarlos por 8. Así obtendremos la cantidad en gramos de alcohol puro por litro. Esta cantidad la debemos dividir por los litros de bebida ingeridos. Por ultimo tenemos que volver a dividir los gramos de alcohol puro ingeridos entre el resultado de multiplicar nuestro peso corporal por 0.7 si somos hombres o 0.6 si somos mujer, esta constante refleja la cantidad de litros de sangre de los distintos individuos.
    Yo creo que el tema hay que tomarselo en serio, es cierto que la cuestion del alcohol incide en el numero de accidentes de tráfico pero no es determinando, hay otros factores como la drogadiccion y el uso de sustancia toxicas y estupefacientes etc inciden en el resultado, si a esto sumamos la penalidad y tipificacion oscura del 378 y 379 del CP, la prueba de la tasa, etc, y la tutela de los derechos individuales y demás cabe concluir que podriamos hablar mucho del tema, quiero decir que hay que ser muy prudentes, eh. un saludo

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