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Es correcta esta información ? Se ha comentado en el foro anteriormente ? (2/2)
Respuestas: 10
Por partes:
- En Valencia, al igual que en Catalunya, no existe el "libro de reclamaciones": http://www.ayto-valencia.es/ayuntamiento/Infociudad_accesible.nsf/DocumentosAuxWeb/b85e2598b09ad125c12572c200240084?OpenDocument&bdOrigen=ayuntamiento%2Fatencion_ciudadano.nsf&idapoyo=&lang=1&Click=
- Reclamar cuesta tiempo y dinero, que no te son devueltos. La última vez me pasé 4 meses para una reclamación referente a la reparación de mi TV. Al final le dieron la razón a la empresa gracias a que no me explicó cómo se rellenaba la orden de trabajo que me dieron. Me supuso más de 100 euros en viajes y documentación aportada para una reclamación de algo más de 200 euros. Internet es mucho más asequible y rápido: http://derechoalpataleo.wordpress.com/ página argentina para quien desee desahogarse.
- La reclamación no tiene difusión ninguna. Se queda entre el denunciante y el denunciado. Si lo cuelgas en internet puede verlo cualquiera que tenga acceso a internet, incluido el "denunciado". Eso sí, se producen excesos. No es mi caso. En la factura se podía leer perfectamente que habían cobrado un concepto ilegal. Sin lugar a dudas. En caso contrario, que el "denunciado" vaya a los tribunales. Como reza la maldición castellana: "Juicios tengas y los ganes".
En Valencia si pides "hoja de reclamaciones" te la dan. He preguntado a cuatro restauradores amigos míos y ellos no lo sabían, así que mantienen esas hojas en sus restaurantes.
Conocía derechoalpataleo, que es de filosofía radicalmente distinta a Verema.
Y, hay que tener ojo con eso de la difusión: si tú me debes dinero y lo pongo en Internet, ¿sabías que yo estoy incurriendo en un delito de difamación?
Del todo de acuerdo en que hoy cualquiera se sienta en un ordenador, pone un nombre verdadero o falso y ale, a arreglar el mundo a bastonazos.
Supongo que serán puntos de vista...
Saludos
Dani
"Hoja", sí. "Libro", no.
Si es un delito publicar la verdad, que lo denuncien. El coste del proceso no suele compensar la indemnización reconocida por los tribunales. Y la publicidad del proceso también puede ser mayor :-)
Aunque se usen nicks, siempre queda la dirección IP.
Saludos.
